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Ciudad de Allende




Por: Luis Felipe Rodríguez

     Durante finales del año pasado y en los meses que llevamos de éste, a lo largo y ancho de nuestro país se generado una gran cantidad de información sobre la Constitución de 1917 por ser el Centenario de su Promulgación en la vecina ciudad de Santiago de Querétaro. 

     En San Miguel de Allende se ha informado en forma particular sobre algunos personajes locales como los nombres de los Diputados Constituyentes del estado a quienes los tres poderes del estado nombraron como Beneméritos del Estado de Guanajuato el pasado viernes 3 de febrero. 

     Además de la lista de los 19 diputados, donde San Miguel de Allende está representado en la figura de Don Nicolás Cano quien fuera representando a este distrito electoral (XIV) y que participó en los debates que le dieron forma al Art. 123 logrando conquistas laborales muy importantes, he agregado, en las oportunidades que he tenido, dos nombres más: Ing. José J.  Reynoso y  Rafael Martínez, “Rip-Rip”. 

     El mérito del primero, desde mi particular punto de vista, es el de ser otro guanajuatense que fue nombrado Diputado Constituyente aunque él por el Distrito Electoral # 8 del Estado de México en donde laboraba en la zona minera  de El Oro; al conocer las pretensiones de la diputación queretana de segregar una parte del estado de Guanajuato para el suyo, inmediatamente se inconformó y unió su voz y labor a favor y protección de su estado natal.

     El segundo, porque Rafael Martínez  fue un destacado periodista y político que nació en la Ciudad de México en 1881, fue maderista desde los inicios de la Revolución. Diputado Constituyente por el Distrito Federal en 1917, propuesto por el Partido Liberal Constitucionalista, donde tuvo a su cargo la publicación del Diario de Debates. Senador, Cónsul de México en Barcelona y presidente municipal de San Miguel de Allende, Gto. en 1944. Murió en Guadalajara, Jal., el 22 de abril de 1949.

     Pero en este mes de marzo es necesario referirnos a otro Congreso Constituyente, el Congreso Constituyente de Guanajuato, por tratarse de la génesis del estado actual. Ante la traición del movimiento consumador Agustín de Iturbide al pretender una forma de gobierno imperial, pierde el apoyo de sus antiguos compañeros: Antonio López de Santa Anna y Luis Quintanar quienes proponen el federalismo como la forma de gobernar México.
     
     Las diputaciones Provinciales como Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí y Michoacán viendo la falta de autoridad en la capital, buscan un gobierno central. En el estado, en marzo de 1823 se erige el Primer Congreso Constituyente adelantándose al Congreso Constituyente en la ciudad de México en noviembre de ese año donde se enfrentan dos concepciones administrativas: centralismo (Lucas Alamán, José María Bustamante y Fray Servando Teresa de Mier) y federalismo (Crescencio Rejón y Miguel Ramos Arizpe). Desembocan las acciones en el Primer Congreso Constituyente del Estado de Guanajuato en marzo de 1824, integrado por: José María Septién, Francisco Palacios, Mariano García de León y José Mariano Sardaneta, marqués de Rayas, oriundos de Guanajuato; de León: Pablo Obregón; Francisco Argandar, originario de Silao; Ramón Guerra, de Celaya; de San Miguel el Grande: Antonio Murillo y Vicente Umarán; el comandante José María Esquivel y Salvago de Irapuato; y Manuel Galván, de San Luis de la Paz.

     Considero importante asentar que en 1824 el censo total del estado era de: 406,174 habitantes y el de las principales poblaciones, el siguiente:

Nombre
Población
Guanajuato
31,932
León, Rincón y Coecillo
49,807
Celaya
13,717
Irapuato
21,030
Acámbaro
16,082
San Miguel el Grande
30,643

     Este Congreso fue la institución que inició el proceso de limitación de las facultades de los consejos municipales gaditanos. Los estudiosos de los ayuntamientos, entre ellos el Dr. José Antonio Serrano, afirma que esta institución: pudo profundizar el proceso de limitación de la revolución territorial gracias a que la diputación había comenzado y obtenido algunos resultados en la fiscalización de las haciendas municipales, el reparto de la carga tributaria enfrentó a los grupos económicos políticos mineros y agrícolas quienes actuaron a través de los ayuntamientos que controlaban.

     
Hace cinco años con motivo del 190 aniversario de la instalación de la Diputación Provincial. EL Congreso del Estado editó un volumen en donde se reproducen los decretos expedidos por el Honorable Congreso Constituyente del Estado de Guanajuato durante los años 1824, 1825 y 1826. Esta edición conmemorativa es producto del trabajo del Colegio de Historiadores de Guanajuato, donde mencionan que nuestro estado tiene como punto de partida, al igual que las entidades del resto de país, la consumación de la independencia y el primer esfuerzo institucional de parlamentarismo.

     En este proceso de cambio y ensayo que duraría poco más de dos años, se construye el escenario en que México fue asumiendo su personalidad propia a través del pacto federal, cuyo fin último fue el de adoptar un texto Constitucional, en que se compendiaran las causas, características y necesidades administrativas de cada una de sus entidades parte.

     Este documento, recoge la totalidad de los decretos redactados y publicados, después de una larga discusión, en la que ese Primer Congreso fue marcando las directrices y los primeros actos de la nueva vida política de la nación. En dichos decretos, se pueden consultar temas tan importantes como la formación de los tres poderes de que estaría conformado el nuevo estado; algunas adenda en los cambios de nomenclatura, denominaciones como: la Congregación de Nuestra Señora de los Dolores, el pueblo de Irapuato y la Villa de San Miguel el Grande, que, después de juramentación de la Constitución local, cambiarán sus status; el uso de papel moneda; y, otros asuntos que en su conjunto darían forma y sentido a Guanajuato.

   
 El Mtro. Ernesto Camarillo Ramírez, a quien se debe la investigación y paleografía, menciona que el año de 1824, significa un parteaguas en la administración pública nacional, debido a que después del paréntesis o efímero imperio de Agustín de Iturbide y que se retornara al diluido congreso, en la entonces Junta Nacional Constituyente, este cuerpo legal inició los trabajos preparatorios para lo que fue la gestación del nuevo estado mexicano, ahora bajo la forma de república federal, en la que cada uno de los territorios de sus entidades federativas, conformaron el actual estado nación.

                                                                     DECRETOS:

No. 6
El Congreso Constituyente del Estado teniendo a la vista lo que al Soberano General de la Federación se propuso dar por su Diputado Doctor Don José Felipe Vázquez, cura interino de Dolores, sobre que declarándose villa se le conceda otro privilegio que recuerden a la posteridad haber sido allí donde primero resonó el grito de libertad Mexicana, y deseando honrar un modo duradero la memoria del héroe que derramó su sangre por sostenerla, Decreta:
1º. Que la Congregación de Dolores, conservando el nombre de su titular, se tenga y reconozca en lo futuro por Villa de Hidalgo.
2º. Que la municipalidad de la misma erija en el paraje más público un monumento que anuncie a las generaciones presentes, transmita a las futuras la gloria de un suceso tan fausto para toda la Nación.
3º. Que se otorgarán otras franquicias capaces de mejorar la suerte de aquel partido, luego que las circunstancias lo permitan.
Lo tendrá por entendido el Gobernador del Estado, y dispondrá lo necesario a su cumplimiento, haciéndolo publicar y circular. Dado en Guanajuato a 21 de mayo de 1824.
Francisco Aniceto Palacios,
Presidente
José Mariano García de León,
Diputado Secretario
Vicente de Umarán
Diputado Secretario.


No. 29
El Congreso Constituyente del Estado libre de Guanajuato, bien convencido de que el Regimiento de la Villa de San Miguel el Grande a esfuerzos de su caudillo Ignacio Allende, fue el primero en formar allí, y en toda la Nación la independencia de ella, y deseando perpetuar la memoria de aquél héroe, así como sus heroicos sacrificios y los del suelo donde vio la luz primera. Decreta. Que desde el día que en la Villa de Sn Miguel el Grande, se jure la Constitución política del Estado, se titule como alta ciudad de San Miguel de Allende.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, y dispondrá se imprima, publique y circule.
Dado en Guanajuato a 8 de marzo de 1826.
Vicente de Umarán,
Vicepresidente
Domingo Chico, D. S.
José Mariano García de León,
Diputado Secretario

No. 30
El Congreso Constituyente del Estado libre de Guanajuato ha tenido a bien decretar:
Que la Congregación de Irapuato se titule Villa de este nombre, desde el día en que allí se jure la Constitución Política del Estado.
Lo tendrá entendido el Gobernador, y dispondrá se imprima, publica y circule. Dado en Guanajuato a 8 de marzo de 1826.
Vicente de Umarán,
Vicepresidente
Domingo Chico,
Diputado Secretario
José Mariano García de León,
Diputado Secretario.


     Por esta razón, este miércoles 8 de marzo de 2017 la ciudad de San Miguel de Allende cumple 191 años de haber sido nombrada ciudad y de llevar orgullosa el apelativo de su primer héroe, Don Ignacio de Allende y Unzaga. El decreto correspondiente está firmado en primer término por otro hijo distinguido de nuestra ciudad el Diputado Constituyente D. Vicente de Umarán. Tal vez en reciprocidad, sus coterráneos le hayan dado a sendas calles sanmiguelenses los apellidos de estos dos distinguidos Diputados Constituyentes: Umarán y Murillo. Quede como posibilidad. 

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